La información que divulguen o suministren las entidades vigiladas a los
consumidores financieros deberá:
a) Dotar a los consumidores financieros de elementos y herramientas
suficientes para la toma de decisiones.
b) Facilitar la adecuada comparación de las distintas opciones ofrecidas
en el mercado, y
c) Propender porque los consumidores financieros conozcan los derechos y
obligaciones pactadas.